este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara extinta la pena corporal del ciudadano penado JOSÉ MANUEL VELIZ HURTADO, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.978.828, de oficio indefinido, hijo Dominga Hurtado y Francisco Veliz, nacido el 16/04/1988, residenciado en Brasil, sector 1, avenida Principal, casa N° 39, Cumaná, Estado Sucre, a quien el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 02 de Octubre del año 2008, le dictó sentencia condenatoria por considerarlo culpable de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 7 y articulo 6 numerales 1,3 y 8 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y los artículos 174 y 277 del Código P.....