este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al penado: ALBERT JOSE MORENO COVA, Venezolano, Mayor de Edad, Portador de la Cédula de Identidad Nº V-22.630.106, Nacido en Cumana en fecha: 03-09-92; de veintiún (21) años de edad; soltero; de profesión u oficio: sin oficio; residenciado en: Barrio El Mirador, calle principal, casa numero 25, Cumana, Estado Sucre y en la calle Santa Rosa de Lima, casa S/N, sector la Sede, La Guardia, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, LA CONMUTACION del resto de la pena de prisión que le queda por cumplir mas el incremento de su tercera parte (1/3) de la misma, cual es un lapso de tiempo total de: (01) AÑO, SIETE (7) M.....