Este Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre sede Cumaná, al considerar que dicho petitorio no es contrario a derecho, como garante de los derechos ciudadanos del sancionado, entre ellos el precisamente el Derecho a la Salud, las premisas de carácter constitucional y supra constitucional estatuidas en la Carta Magna y en los tratados y acuerdos Internacionales suscritos por la República, que establece:
"La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud... (Omissis)".
Así mismo asienta el artículo 19 Constitucional lo siguiente:
"El estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin d.....