Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado Luís Alexis Gimón Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.314.946, de 26 años de edad, nacido en fecha 26/10/1982, de profesión u oficio indefinida, y domiciliado en el barbudo, Calle Naricual, manzana 76, casa Nº 01, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en perjuicio de Maryuris de La Rosa Canache; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir el presente asunto al Archivo Central para su posteri.....