Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, y vista la controversia suscitada, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DESESTIMA la solicitud de Entrega Material planteada por el ciudadano JOSE MANUEL RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.293.653, domiciliado en Rio Caribe del Municipio Arismendi del Estado Sucre, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio VICTOR DIAZ ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.150, de una hacienda de cacao denominada MUCURO ubicada en la población de MUCURO, Jurisdicción del Municipio Benítez del Estado sucre, enclavada en una superficie de terreno nacional, que mide Cuarenta y dos hectáreas (42 Has) aproximadamente, siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Con terreno que son o fueron de .....