En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Rafael Izquierdo, en su carácter de Defensor Público, contra la sentencia dictada en el presente juicio en fecha 03 de Octubre de 2013, por el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: INADMISIBLE, la acción que por Retención de Niño incoara la ciudadana Risanny del Valle Aguilera de Gil, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.716.938, contra el Ciudadano José Gregorio Gil La Rosa, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.877.864.-
Queda así Revocada la sentencia recurrida.....