este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución de la aludida Sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, resuelve:
PRIMERO: Este Juzgado observa que el sancionado omisis, venezolano, de diecisiete (17) años de edad, nacido en fecha 29-02-91, natural de Irapa, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.029.563, agricultor, hijo de Tania Coromoto Rodríguez y Padre desconocido, residenciado en el sector Santa Martha, calle principal de Santa Martha, casa s/n, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre; estuvo detenido desde el 12-02-08 hasta el 08-07-08, tiempo que debe restarse al lapso de la sanción decretada en su contra por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, ti.....