Este Tribunal Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento; oída la solicitud fiscal, así como los alegatos de la Defensa, este Tribunal observa que la solicitud fiscal esta acorde a derecho ya que entre los folios 01 y 12, cursa actuaciones de proceder iniciada por el Cuerpo Técnico de vigilancia del Transito y Transporte Terrestre, en la que los funcionarios dejan constancia, que los hechos sucedieron el día 02-09-2002, al igual que se observa entre los folios 81y 93, escrito de acusación presentado en fecha 14-07-2006, por la Fiscal sexta del Ministerio Público Dra. Lisbeth Perozo, lo que es palpable de las actas que transcurrió entre la fecha del cometimiento delictual y la presentación del acusación tres (03) años, diez (10) meses y doce (12) días, en la referida acusación la fiscal califico el hecho señalando que el adolescente había incurrido .....