Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA La cesación de las medidas impuestas a "OMISSIS" por la comisión de los delitos de Ocultamiento De Municiones, tipificado en el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, Resistencia A La Autoridad, tipificado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano Y Posesión De Sustancias Estupefacientes, tipificado en el artículo 153 de la Ley Orgánica De Drogasen perjuicio de La Colectividad, Por cumplimiento de las mismas Líbrese boleta de libertad y remítase mediante oficio a la Jefa del Centro Socio Educativo de esta ciudad. Archívese en su debida oportunidad Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Onelia Díaz