este Juzgado de Ejecución Penal de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná; actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara y en consecuencia, se acuerda la acumulación de las causas Nº RP01-D-2011-000208 constante de 473 folios), a la causa distinguida con el numero (RP01-D-2009-000271, constante de 199 folios), quedando esta como causa principal por este Tribunal de ejecución Penal. y Orden de CAPTURA contra el adolescente XXXXXXX. Líbrese boleta de notificación a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 180 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en la que se le informe que se PRACTICO COMPUTO, SE ACUMULARON AMBAS CAUSA LA RP01-D-2011-000208 A LA CAUSA RP01-D-2009-00027, QUEDANDO ESTA COMO CAUSA PRINCIPAL EN ESTE TRIBUNAL, Y SE LIBRO ORDEN DE CAPTURA, en contra d.....