D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada SANDRA KASSIS HADID, actuando con el carácter de Defensora Pública Penal del acusado GIOVANNY JOSÉ ACOSTA, titular de la cédula de identidad N°: 5.899636; contra sentencia definitiva dictada por el Tribunal Unipersonal Primero de Juicio, de fecha 09 de mayo de 2006, mediante la cual lo CONDENA a cumplir la pena de DOCE (12) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 444 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS DIONISIO TERUS. SEGUNDO: Se fija AUDIENCIA ORAL la cual tendrá lugar el octavo día de audiencia siguiente, después de constar en actas la última resul.....