este Tribunal PRIMERO de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda EVALUACION PSICOSOCIAL en la persona del penado: MARCO JOSE RONDÓN RONDÓN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº v-21.096.812, vista la solicitud presentada por la Defensa Pública y en consecuencia se ordena librar oficio al Equipo Multidisciplinario con sede en el Internado de VISTA HERMOSA, Estado BOLIVAR para que proceda a realizar las evaluaciones del penado. Líbrese oficio al Director del Internado de VISTA HERMOSA, Estado BOLIVAR, participándole de la orden de práctica de la evaluación psicosocial por el Equipo Multidisciplinario con sede en dicho Centro Penitenciario.