este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 479 y 511 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la REVOCATORIA de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al penado CARLOS EDUARDO GARCÍA ZURITA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 17.674.189, nacido el 05-05-87, de 20 años de edad, soltero, sin profesión u oficio definido, hijo de Marvella Zurita y Andrés Villafranca, residenciado en la calle el mercado, Barrio Daniel Carías, casa S/N°, Cumanacoa, cerca del mercado, Municipio Montes del Estado Sucre, en consecuencia se ORDENA SU INMEDIATA CAPTURA, por lo que ha de remitirse dicha orden adjunta a oficio a los Cuerpos de Seguridad del Estado, para que procedan a ejecutar la aprehensión del citado ciudadano, y una vez aprehendido el penado deberá s.....