acuerda la LIBERTAD PLENA a favor del ciudadano Luis Rafael Jiménez Marín, venezolano, soltero, de profesión u oficio comerciante, nacido en Cumaná, Estado Sucre, en fecha: 15-06-1980, de 26 años de edad, Titular de la Cédula de identidad N° V-16.818.617, hijo de Luis Jiménez y Hilda Marín, residenciado en: Urbanización Guayacán de las Flores, Sector 1, Vereda 32, casa s/n, Cerca de la Farmacia San Judas Tadeo, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico y el Consumo ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.