Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar, la Recusación formulada las ciudadanas MIGUELINA ZABALA y PETRA ESPINOZA, titulares de las cedulas de identidad Nos. 4.295.030 y 5.273.531, asistida por la Abogada REINA PATIÑO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 47.237, en la causa incoada en contra de la empresa INVERSIONES EL SALMON, C.A., y contra de la Abogada SARA GARACIA en su condición de Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, extensión Carúpano.
Por las consideraciones expresadas en la motiva de la sentencia, se condena a las Recusantes de conformidad con el Artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo al pago de multa equivalente a .....