este Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción MERO DECLARATIVA, incoada por el ciudadano ESTEBAN DAVID SOTO GUEVARA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula Nro. V-25.363.537, hábil en derecho y domiciliado en la población de El Indio, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre; sobre el VEHICULO: MARCA CHEVROLET, MODELO OPTRA, TIPO SEDAN, AÑO 2007, COLOR BLANCO, PLACAS GCY06C, SERIAL DE LA CARROCERIA 9GAJM52377B068446, SERIAL DEL MOTOR T18SED176537. SEGUNDO: Se ordena expedir copia certificada de la presente sentencia a los efectos de acreditar la propiedad
sobre el vehículo en referencia. TERCERO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Dada, firma.....