este Tribunal previamente observa, que al folio Once (11) del Cuaderno Principal del presente expediente, se evidencia la Transacción suscrita en la ciudad de Mérida, de fecha 15 de Octubre 1986, por la parte Demandada, ciudadano: ALEJANDRO CARRUYO PEDREAÑEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 1.660.028, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: JULIO ATILIO CARRUYO PEDRAÑEZ, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 10.874 y por la parte Actora, ciudadano: JOSÉ ANTONIO PRIETO GÓMEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 5.723.337 y debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: GUILLERMO VIZCARRONDO ACIEGO, inscrito en el InpreAbogado bajo los N° 7.208, y vista la Transacción efectuada entre las partes, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito Bancario y Marítimo, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia e.....