Recibido como ha sido oficio Nº 2Cl-170-2012 de fecha 09/05/12, mediante el cual notifica de la aprehensión del adolescente: Omissis. A quien se le sigue el presente asunto por la comisión de los delitos de Robo Agravado, Robo Agravado En Grado De Frustración, Resistencia A La Autoridad Y Porte Ilícito De Arma De Fuego Y Municiones, previsto en los artículos 458, 458 en relación con el 80, 218y 277, todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Maritza Josefina Ortega, Yanireth Malavé Urbaez, Juan Antonio Farias, Néstor López, Engelberth Natera y El Estado Venezolano, quien se encuentra actualmente detenido en la comandancia de policía de ésta ciudad, se ordena la realización de un nuevo cómputo de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal último aparte por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes. En los siguientes términos ...