este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS decretada por este Juzgado, y en consecuencia declara disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos LUIS BELTRAN MARIN RODRIGUEZ Y LAURYS MARIA VASQUEZ por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre del Estado Sucre, el día Doce (12) de Agosto del año dos mil cinco (2.005), según acta Nº 97, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 primer aparte del Código Civil. Así se decide.