DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, con un régimen de presentaciones cada 30 días por un lapso de Seis (6) Meses de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3ero del Código Orgánico Procesal Penal por ante la Comandancia de Policía del Municipio Arismendi , con Sede en la Ciudad de Río Caribe, el ciudadano JORGE DAVID RODRIGUEZ VELASQUEZ, plenamente identificado en actas procesales, por la comisión del Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Remítase el presente asunto penal a Fiscal en su oportunidad legal. Líbrese oficio, a la Comandancia de Pol.....