En virtud de lo expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, en contra de la ciudadana xxxxxxxxxxx a quien se le inició investigación por estar presuntamente incursa en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal; cometido en perjuicio del ciudadano x; de conformidad con lo previsto en el artículo 582, literales c y d, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en presentaciones periódicas cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, y prohibición de salir de la ciudad de Cumaná, sin previa autorización escrita del Tribunal. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones d.....