este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado ciudadano PABLO JOSÉ LEÓN LARA venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.627.241, nacido en fecha 05-01-1985, de 27 años de edad, de profesión u oficio chofer y mecánico, hijo de Aracelys Lara y Pablo León, y domiciliado en Río de Agua, calle Principal, a 100 metros del INAN, Municipio Libertador, del Estado Sucre; a cumplir una pena de DOS (02) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER DEL JESÚS RODRÍGUEZ ZAPATA, correspondiendo al Tribunal de Ejecución respectivo determinar la manera en la cual ha de ser cumplida la misma. Se acuerda mantener al acusado en libertad por cuanto desde los primeros actos del proceso se encuentra en las.....