En atención al razonamiento antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio que por COBRO DE LETRA DE CAMBIO POR INTIMACION, incoada por el Ciudadano JUAN ERNESTO PUIG MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V- 8.638.055, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.754, y con domicilio procesal en el Edificio El Guanajo, piso 07, Oficina 7B, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, actuando en su propio nombre y representación, Contra los Ciudadanos, DELFIN MARCANO MARTINEZ Y ALFREDO MARCANO, venezolanos, mayores de edad, ti.....