En este estado este Tribunal para decidir previamente observa:
En la presente causa observa quien suscribe, que el actor ciudadano CARLOS ENRIQUE HERNÁNDEZ ZABALA, plenamente identificado en autos, pretende que se le restituya inmueble constituido por un terreno y una casa que está ubicada en el Sector Hato Romar III, casa N° 14, Parroquia Bolívar del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, enclavadas en terrenos de FUNREVI, con una superficie de 55 metros cuadrados y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue de ALCIRA RODRÍGUEZ; SUR: Con casa que es o fue propiedad de LEOMAR CARABALLO; ESTE: Con casa que es o fue de LUCELIS TOTESAUT y OESTE: Su frente con la calle principal. Que la casa consta de paredes de bloques, 3 habitaciones, sala-comedor, cocina, lavadero, 1 baño, puertas y ventana de madera.
El actor en el libelo señala que la ciudadana ARACELIS MARIA GONZÁLEZ de una forma violenta rompió la cerradura de su casa y la invadió, apoderándose de la casa e .....