Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Con lugar La sustitución de la medida de Privación de libertad impuesta a "OMISSIS", por la comisión del delito de Robo De Vehiculo Automotor En Grado De Tentativa, tipificado en los artículos 5 y 6, Ordinales 1º ,3º y 5º de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del Ciudadano Argenis Rafael Rivera, por el cumplimiento de la medida de libertad asistida por el lapso de siete (07) meses y seis (06) días de privación de libertad. Faltándole por cumplir el lapso de diez (10) meses y veinticuatro (24) días. Quedando obligada a presentarse una (01) vez al mes por ante el personal técnico adscrito a esta sección penal. En consecuencia líbrese boleta de libertad y remítase mediante oficio a la coma.....