En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de CONVERSION de la SEPARACION DE CUERPOS en DIVORCIO, de los ciudadanos: JAVIER ALEXANDER ALVAREZ GIL y JULIANA ANTONIA GONZALEZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N°: V-16.062.166 y V-17.780.838, respectivamente, cónyuges entre sí, de este domicilio; decretada en fecha quince (15) de octubre del dos mil nueve (2009), asistidos por el abogado JAIME RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.207; quedando en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante el Registro Civil del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha cuatro (04) de agosto del dos mil siete (2007).
La presente decisión se dicta con fundamento a.....