éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE para conocer de la pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana YSMERIA DEL CARMEN QUINTANA RAMOS, portadora de la cédula de identidad Nº V-9.978.646, asistida por la abogada en ejercicio RHINA ROCIO AVILA BOLIVAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 87.985, contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, y DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a quien acuerda remitir inmediatamente las presentes ac.....