DISPOSITIVA
Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: Medida de privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los Ciudadanos: JULIO SACARIAS ARIAS MARCANO, quien s Venezolano, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.937.738, comerciante, domiciliado en el sector La Campiña, callejón Medellín, casa sin número de la población de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre.; por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la Niña Daniela Roxana Acosta, ordenándose la reclusión del ciudadano en la Comandancia de la Policía del Estado, hasta el momento de tener los resultados de la experticia.....