DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada en fecha 27-07-2009, contra el ciudadano FRANCISCO ESTEBAN FIGUERA LEÓN, Indocumentado, por el delito de HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana GLADYS JOSEFINA LEÓN DE FIGUERA, Titular de la Cédula de Identidad N° 5.078.642, en virtud de que el ejercicio de su acción se encuentra evidentemente prescrita conforme al artículo 108 numeral 5 del Código Penal. Se acuerda librar cartel de notificación a las partes conforme al artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal y una vez firme, remítase la causa al Archivo Judicial Regional con sede en esta ciudad a los fines de su custodia, autorizándose ampliamente al ciudadano Jefe del Archivo de este Circuito, para que efectúe el trámite necesario. Cúmplase.
JUEZ QUINTO DE CONTROL