Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES, incoado por el ciudadano: SIMON DE LA TRINIDAD VASQUEZ COVA, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.082.280 domiciliado en la Calle Comercio, Marigüitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, Abogado en ejercicio IPSA bajo el Nr° 20.357, actuando en este acto en mi propio nombre y representación, contra la ciudadana: ESTEFANIA DEL VALLE VASQUEZ COVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 8.636.564, domiciliada al final de la Calle Comercio, Marigüitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedi.....