D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano JULIO ESTEBAN HERNANDEZ BASTARDO, portador de la cédula de identidad N° V-12.505.721, en su carácter de víctima denunciante en la presente causa, asistido del abogado en ejercicio Freddy González, inscrito en el IPSA bajo el N° 31.794. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano, en fecha dieciocho (18) de abril de 2009, mediante la cual decreto LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, en la causa incoada en contra de los ciudadanos ELVIA GREGORIA BOMPART FUENTES y VIGLIOTTI PAPARO ENRICO, titulares de la cédula de identidad.....