Por todos los razonamientos antes expuestos, al no existir ninguna causal de recusación en mi contra, y mucho menos la establecida en el Ordinal 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, solicito a los dignos Jueces Superiores, miembros de la Corte de Apelaciones del Estado Sucre, sea declarada SIN LUGAR la recusación presentada en mi contra por el abogado ELOY RENGEL, defensor privado del acusado HELI SAUL RENGEL.
A los fines del conocimiento de la incidencia que ello origina se ordena remitir a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, oficio anexo a la presente acta previa certificación en autos. Así mismo, conforme con lo establecido en el Artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal se acuerda remitir junto con oficio el presente expediente N° RJ01-P-2003-000043, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal a los fines de su nueva distribución e igualmente.