DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos JUAN CARLOS LÓPEZ LÓPEZ, venezolano, natural de Caracas, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.451.283, de profesión u oficio: Albañil, nacido en fecha 18-06-78, de 31 años de edad, hijo de Damelis López y Luis López, y domiciliado en: Calle 6, casa 6, Sector la sabana, via el Cementerio Privado. Guiria Municipio Valdez, Estado Sucre, y PEDRO JESÚS RODRÍGUEZ ACOSTA, venezolano, natural de Guiria, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.586.842, de profesión u oficio: Albañil, nacido en fecha 09-10-86, de 24 años de edad, hijo de Pedro Rodríguez y Marina Acosta, y domiciliado en La Toma, Calle Principal, casa S/N,.....