En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, considerando que la presente conciliación cubre la exigencias del Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos: Eglis Josefina Mafifa Contrera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V.12.214.973, domiciliada, en Pitotan, Parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal, Estado Sucre y Asdrúbal Jose Mieres Ugas, venezolano, Agricultor mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-10.882.587, domiciliado en el Caserío Rio Chiquito arriba de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre. Da carácter de Cosa Juzgada, y ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada del presente fall.....