En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar;
1.- La solicitud presentada por la Defensora Pública Penal del sancionado y declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente xxxxxxxxx quien fue sancionado a cumplir la medida de cuatro (04) años de privación de libertad, por la comisión del delito de violación, previsto en el articulo 374, numeral 1° del Código Penal, cometido en perjuicio de xxxx xxxxxxxx; determinándose que le falta por cumplir el lapso de dos (02) años, tres (03) meses y veintisiete (27) días de privación de libertad, que vencerán el 11-08-2012. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, apli.....