Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones cada Treinta (30) días, por ante por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por el lapso de seis meses, al imputado JOSE RAFAEL PERDOMO MANEIRO, venezolano, de estado civil soltero, de 32 años de edad, titular de Cédula de Identidad Nº V- 13.528.758, de profesión u oficio técnico en computación, nacido en fecha 22-07-1.976, residenciado en: Calle Cedeño, frente a la Udo, casa Nº 56, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, hijo de Priscila Maneiro y José Rafael Perdomo, por la presunta comisión del delito de URSURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el articulo 319 del código penal, en perjuicio de El Estado Venezolano. Se decreta la aprehensión como Flagrante, y se ordena la ins.....