Con base en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por ANA MARIA PEREZ de GONZALEZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.278.849, debidamente representada por los abogados GONZALO ERNESTO BRICEÑO y MARIA ANTONIETA BRICEÑO, Inscritos en el IPSA bajo los Nros. 58.414 y 64.871 respectivamente. en contra de ALFREDO MILLAN, , venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad No. 5.084.995, en consecuencia se establece lo siguiente:
PRIMERO: Se condena al demandado a desalojar el inmueble que viene ocupando en su carácter de arrendatario, constituido por una casa ubicada en la Calle Merito, Quinta Vickymar, de esta ciudad de Cumaná, y la entregue libre de personas y bi.....