Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley HOMOLOGA la presente transacción y otorga fuerza de Cosa Juzgada, ya que es ley entre la partes constituyendo esta acta TITULO EJECUTIVO, en consecuencia, una vez verificado su cancelación en autos, se ordenará el ARCHIVO JUDICIAL del presente expediente solo para los trabajadores EBERTHY CAROLINA SALAZAR MARCANO, MARYURI JOSÉ VIZCAINO FRONTADO, y GELEIDYS DEL VALLE MOTA MOTA titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.773.663, V-14.661.836 y V-16.703.447 respectivamente. Se acuerda las copias solicitadas. ASÍ SE DECIDE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. En la ciudad de Cumaná, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024).Año 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
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