Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación, interpuesto por el abogado CRUZ MARCEL CARABALLO ESPAÑOL, en su carácter de Defensor Público Segundo Suplente en Materia Penal Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, contra la decisión de fecha 09/10/2012, dictada por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual Decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano PASCUAL AUGUSTO LONGAR, imputado de autos, y titular de la cédula de identidad número V-23.582.582, en la causa que se le sigue por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO; previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal Segundo, en relación con el artículo 77 ordinales 1, 8, 11 y 1.....