Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, éste tribunal considera innecesaria la realización de audiencia oral, por cuanto de las actuaciones se desprenden elementos de convicción suficientes para determinar que dicha solicitud se encuentra procedente y ajustada a derecho, ya que tratándose de la presunta comisión del delito de los delitos de LESIONES PERSONALES GENÉRICAS, ALTERACIÓN DEL ORDEN PÚBLICO Y RIÑA COLECTIVA, previstos y sancionados en los artículos 413, 507 y 425 Respectivamente, todos del Código Penal Venezolano, no existen elementos de convicción que señalen al adolescente como autor del delito, ya que se observa que no existen testigos que presenciaran los hechos y lo identificaran como autor de los mismos, no existiendo ningún tipo de fundamento para suponer que el adolescente haya sido autor de los delitos imputados, por lo que en consecuencia el hecho delictivo no se le puede atribuir al imputado de marras.
Por los razonamient.....