Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, JOSE DAVID GONZALEZ LORANT, quien es Venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi, Estado Sucre, de 24 años de edad, Indocumentado, nacido en fecha: 18-10-66, estado civil soltero, profesión pescador, residenciado en Barro la Vivienda, Calle Principal, Casa S/N, adyacente a las torres, Caserío Río Guiria, Estado Sucre por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405, del Código Penal, en perjuicio de la Victima: RICHARD TOMAS MARTINEZ RODRIGUEZ todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1º, 2º y 3º; 251, numeral 2º, 3º y 5º y artículo 252, numeral 2º todos del Código Orgánic.....