este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley este Tribunal declara IMPROCEDENTE la MEDIDA DE SECUESTRO solicitada por el abogado CARLOS JOSE GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5.348, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DOUGLAS JOSE GARCIA BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.332.711, y domiciliado en Los Altos de Sucre , Estado Sucre, en el juicio que por ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA sigue el ciudadano DOUGLAS JOSE GARCIA BLANCO contra la Asociación Cooperativa de Transporte de Pasajeros "LA MARAVILLA" R.L., inscrita en la Oficina Subalterna de registro de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 19 de Junio de 2.001, bajo el Nº 34, Folio 152 al 158, Protocolo Primero, Tomo Décimo Séptimo, Segundo Trimest.....