este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda AMPLIACIÓN DE LAPSO DE PRUEBAS, por UN (01) AÑO a partir de la presente fecha, a favor del ciudadano: DIXON RAFAEL SUAREZ MAZA, de nacionalidad venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.672.340, de estado civil Soltero, natural de Cumaná, Estado Sucre; fecha de nacimiento 25/01/1984, de profesión u oficio obrero, hijo de Florencio Suárez y Nilda Maza, residenciado en Araya, sector plaza Bolívar, casa S/N (detrás de la Bomba), municipio Cruz Salmerón Acosta del estado Sucre teléfono. 0424 -937.27.18, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana JANELL DEL CARMEN RENGEL.