La Juez impone al sancionado de la decisión, en los siguientes términos: PRIMERO: En fecha 22-09-2008, (folio 172, 3era pieza), el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente, de este Circuito Judicial Penal, sancionó al adolescente XXXXXXXXXX, a cumplir la sanción de cuatro (04) años de privación de libertad, por la comisión del delito de violación, previsto en el articulo 374, numeral 1° del Código Penal, cometido en perjuicio XXXXX. En fecha 14-01-2010, (folio 138, 4ta pieza), este Juzgado dictó auto de ejecución. SEGUNDO: Para el cómputo del lapso por cumplir se tomó en consideración lo dispuesto en el artículo 622 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; pauta: " ... Al computar la medida privativa de libertad, el juez debe considerar el período de prisión preventiva al que fue sometido el adolescente ...", es decir que para efectuar dicho cómputo se le resto a la tota.....