Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con sede en la Ciudad de Cumaná, de fecha 22/02/2006, cursante a los folios 133 al 160, ambos inclusive de la tercera pieza procesal; mediante la cual condeno al ciudadano EUSEBIO JOSE MARTINEZ GARCIA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.376.744, a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRESIDIO, como pena por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal En perjuicio de JULIO CESAR ANDRADE. Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con los artículos 481 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal y de acuerdo a los siguientes términ.....