DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal QUINTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra del ciudadano CATALINO AGUEDO GARCIA, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.510.115, albañil, fecha de nacimiento 30-04-1968, de 47 años de edad, hijo de: Inés Maria García y Aguedo Díaz y domiciliado: en Puerto Santo, sector la Gloria, calle principal, casa sin numero, cerca de la bodega, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, Telf.: 0426-984.68.02, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, ACOSO Y HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MI.....