este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así CONSTITUIDA LA CAUCIÓN JURATORIA, en contra del imputado JESÚS SALVADOR ROMERO, venezolano, natural de Caripito, Estado Monagas, de estado civil: soltero, de 56 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.009.113, nacido en fecha 24-10-54, hijo: Víctor Mailet, y Georgina Romero, oficio Chofer y domiciliado en Sector Pozo Colorado, Urb. Virgen Del Valle,Casa S/N a 200 metros de Defensa Civil, Guiria De la Playa, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIELIS DEL VALLE HURTADO ALVINO; consistente en: 1.- No ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, y a presentarse ante el Tribunal las veces que sea.....