este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXXXXX; quien fue sancionado a la medida de regla de conducta por el lapso de seis (06) meses, conforme con los artículos 8, 578 literal "A" y "F", 620 literal "B", en concordancia con el 622 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por la comisión del delito de hurto simple; previsto en el artículo 451 del Código Penal Venezolano Vigente; cometido en perjuicio de de la ciudadana XXXXXXXXX. Decreta el cese total de la sanción impuesta de conformidad con el artículo 647 literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección d.....