, este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano JESUS RAMON MEJIA SALAZAR, venezolano, de 31 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.009.443, fecha de nacimiento 10/10/1978, de profesión u oficio Lic. en Educación Integral y Administrador, residenciado en la Urbanización Los Cocalitos, Cuarta calle, lado derecho, casa nº 333, Mariguitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre, por el lapso de UN (1) AÑO, conforme a los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, durante el cual el acusado deberá cumplir con las siguientes condiciones: PRIMERO: La Prohibición de la actividad origen del deterioro ambiental; SEGUNDO: Podrá realizar mejoras en la bienhechurìa, la cual consiste en la construcción de dos depósitos, de pared de bloque y techo de zinc, en un área de 72 m2, con la finalidad de resguarda los equipos y artes de pe.....