Es por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de SEGUNDO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, en favor de los adolescentes XXXXXXXXX, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Vigente en perjuicio de la ciudadano XXXXXXXXX. En cuanto a las copia simples solicitadas por la defensa las mismas se acuerdan,. La presente decisión tiene su fundamento legal el artículo 44 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 555, 557 y 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la libertad de los adolescentes desde esta misma sala de audiencia dejándose constancia que el mismo se encuentra en buen estado de salud. Se ordena librar Boleta de Libertad. Remítase de inmediato media.....